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Comité Paritario de Higiene y Seguridad

El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es el organismo técnico de participación entre la empresa y trabajadores para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.

Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de 25 trabajadores y deben estar integrados por tres representantes de la empresa y tres de los trabajadores.

 Sus principales funciones son:

  • Asesorar e instruir a los sobre la correcta utilización de los instrumentos de protección.

  • Vigilar el cumplimiento tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de medidas de prevención, higiene y seguridad.

  • Investigar las causas de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.

  • Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador.

  • Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad  que sirvan para la prevención de riesgos profesionales.

  • Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo (Instituto de Seguridad Laboral).

  • Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena.

Las decisiones adoptadas en el ejercicio de las atribuciones que les encomienda la Ley N°16.744 serán obligatorias para la empresa y los trabajadores.

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